Mediante Resolución de Superintendencia N° 185-2010/SUNAT, publicada el 15.06.2010, se aprueba el PDT Otras Retenciones Formulario Virtual 617-versión 1.8, a ser utilizado por los deudores tributarios para la elaboración y la presentación de las declaraciones determinativas. Esta versión estará a disposición de los interesados en SUNAT Virtual, cuya dirección electrónica es http:// www.sunat.gob.pe. De igual modo, la SUNAT, a través de sus dependencias, facilitará la obtención del presente PDT a los contribuyentes que no tuvieran acceso a la Internet.
La norma precisa que, los sujetos obligados a presentar este formulario virtual, deberán utilizar la nueva versión a partir del 01.08.2010, independientemente del periodo al que correspondan las declaraciones. Lo señalado anteriormente, también será de aplicación a las declaraciones rectificatorias correspondientes a todos los periodos por los cuales exista la obligación de presentar la declaración a través del referido formulario. En el caso del PDT 617 – versión 1.7, este podrá utilizarse hasta el 31.07.2010.
La presente norma entro en vigencia a partir del 01.08.2010
La norma precisa que, los sujetos obligados a presentar este formulario virtual, deberán utilizar la nueva versión a partir del 01.08.2010, independientemente del periodo al que correspondan las declaraciones. Lo señalado anteriormente, también será de aplicación a las declaraciones rectificatorias correspondientes a todos los periodos por los cuales exista la obligación de presentar la declaración a través del referido formulario. En el caso del PDT 617 – versión 1.7, este podrá utilizarse hasta el 31.07.2010.
La presente norma entro en vigencia a partir del 01.08.2010
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